Propiedad Industrial
¿Qué es?
La Propiedad Industrial está integrada por el conjunto de derechos que protegen a las empresas que innovan tanto en la creación de nuevos productos, como en el rediseño de los ya existentes asà como los derechos referentes a la utilización de sus signos distintivos.
¿Qué puedo proteger?
1. Signos distintivos
1.1. Marcas
- Una Marca es un tÃtulo que concede el derecho exclusivo a la utilización de un signo para la identificación de un producto o un servicio en el mercado.
- Pueden ser protegidas como marcas tanto las palabras o combinaciones de palabras, imágenes, figuras, sÃmbolos, gráficos, letras, cifras… También pueden ser protegidas formas tridimensionales como envoltorios, envases o formas de un producto.
- La protección se concede por un plazo de 10 años y puede ser renovada indefinidamente.
- La protección de la marca puede tener carácter nacional, comunitario o internacional.
1.2. Nombres comerciales
- A diferencia de la marca que se refiere a productos, el Nombre Comercial protege la utilización de un nombre para la identificación de una empresa en el tráfico mercantil. Como cualquier tÃtulo del ámbito de la propiedad industrial, los nombres comerciales son independientes de los nombres de las sociedades inscritos en los Registros Mercantiles.
- La protección se concede por un plazo de 10 años y puede ser renovada indefinidamente.
2. Invenciones
2.1. Patentes
- La Patente reconoce el derecho de explotar en exclusiva una invención. Su utilidad reside, más que en la necesidad de patentar la invención para poder ofrecerla al mercado, en la capacidad que otorga al propietario de la patente para evitar que otras empresas fabriquen y ofrezcan al mercado el mismo producto.
- La Patente puede referirse a un procedimiento nuevo, un aparato nuevo, un producto nuevo o un perfeccionamiento o mejora de los mismos.
- La patente se concede por un periodo máximo de 20 años. Durante este periodo es necesario pagar tasas anuales de mantenimiento. Pasado el periodo la patente no puede ser renovada pudiendo ser utilizada por cualquier empresa del mercado.
2.2. Modelos de utilidad
- Las modificaciones sobre objetos ya existentes destinadas a modificar o mejorar la utilidad de los mismos que son consideradas invenciones de rango menor son protegidas por modelos de utilidad y no por patentes.
- El alcance de la protección de un Modelo de Utilidad es similar al conferido por la Patente, aunque la duración máxima del Modelo de Utilidad es de 10 años desde la presentación de la solicitud. Para su mantenimiento también es preciso el pago de tasas anuales.
3. Diseños industriales
- El diseño industrial protege la apariencia estética del objeto protegido ya sea de todo o solo de una parte.
- La duración de la protección conferida por los Diseños Industriales es de 5 años contados desde la fecha de presentación de la solicitud de registro, y podrá renovarse por uno o más perÃodos sucesivos de cinco años hasta un máximo de veinticinco años computados desde dicha fecha.
3.1. TopografÃas de productos semiconductores
- Los tÃtulos de protección de TopografÃas de Productos Semiconductores son la modalidad de propiedad industrial de más reciente aparición, y se refieren a los circuitos integrados electrónicos.
- Su fin es proteger el esquema de trazado de las distintas capas y elementos que componen el circuito integrado, su disposición tridimensional y sus interconexiones, lo que en definitiva constituye su “topografÃa”.
- La duración de la protección es de diez años, a partir del final del año en que se explota por primera vez en el mundo o se registra la topografÃa.
¿Que ventajas me aporta la protección?
La gran ventaja que confiere la propiedad industrial en cualquiera de sus formas es la capacidad que otorga a su propietario de defender su titularidad frente a terceros. A diferencia de la protección regulada en el marco de la Propiedad Intelectual, en el caso de la Propiedad Industrial el derecho de explotación exclusiva de un signo distintivo o una invención nace a partir del registro del mismo y no de su creación.
¿Dónde protejo?
Ante la Oficina Española de Patentes y Marcas.
Telemáticamente: www.oepm.es
Presencialmente:
Departamento de Industria, Innovación, Comercio y Turismo del Gobierno Vasco que actúa como oficina delegada en el PaÃs Vasco
Oficina Territorial en Alava:
C/ Samaniego, 2 Â Vitoria-GasteizÂ
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Propiedad Intelectual
¿Qué es?
La propiedad intelectual es el conjunto de derechos que corresponden a los autores/as y a otros titulares (artistas, productores, organismos de radiodifusión…) respecto de las obras y prestaciones fruto de su creación.
¿Qué puedo proteger?
La propiedad intelectual protege las creaciones originales literarias, artÃsticas o cientÃficas expresadas en cualquier medio, tales como libros, escritos, composiciones musicales, obras dramáticas, coreografÃas, obras audiovisuales, esculturas, obras pictóricas, planos, maquetas, mapas, fotografÃas, programas de ordenador y bases de datos. También protege las interpretaciones artÃsticas, los fonogramas, las grabaciones audiovisuales y las emisiones de radiodifusión.
Quedan expresamente excluidas de la protección las ideas.
¿Cuánto tiempo dura la protección?
El plazo general de los derechos de explotación de la obra es la vida de su autor/a y setenta años después de su muerte.
Transcurrido ese periodo la obra pasa a ser de dominio público.
¿Que ventajas me aporta la protección?
La Propiedad Intelectual de una obra se protege por el solo hecho de su creación y es independiente del registro de la misma.
Dicho registro, a pesar de no ser obligatorio, es muy conveniente, ya que aporta una prueba cualificada sobre la existencia de los derechos y el momento del nacimiento de los mismos.
¿Dónde protejo?
Ante el Registro Territorial de la Propiedad Intelectual Dependiente del Gobierno Vasco.
Dirección: C/ Donostia-San Sebastián, 1 Vitoria-Gasteiz